Factura electrónica Kit Digital
Mediante la utilización de esta herramienta para digitalizar el flujo de emisión de facturas con tus clientes, se obtienen mayores garantías de cobro y mayor facilidad y eficiencia a la hora de operar con las Administraciones Públicas.
¿Qué ofrecemos?
Bono digital hasta 1.000€
- Facturas en formato estructurado en formato FACTURA-E, para facilitar su tratamiento automatizado.
- Sin límites, posibilidad de emitir un número ilimitado de facturas.
- Capacidad de enviar facturas a un número ilimitado de clientes.
- Posibilidad de crear un número ilimitado de productos y/o servicios facturables dentro del catálogo.
- Envío de facturas por correo electrónico.
- Personalización de las facturas con el logotipo de la empresa.
- Copia de seguridad periódicas, incluso diaria.
- Capacidad de 1GB de almacenamiento/histórico de facturas.
- Integración con otras soluciones, APIs o Web Services para su integración con otras herramientas, así como permitir la carga de datos de manera manual.
- Control de vencimiento de las facturas.
Importe de la ayuda:
Segmento III- 0 < 3 empleados: 500 €
Segmento II- 3 < 9 empleados: 1.000 €
Segmento I- 10 < 50 empleados: 1.000 €
Precio de la solución: 500-1000€ Ámbito geográfico: Todo el territorio nacional
Preguntas frecuentes
Las pequeñas empresas, microempresas y personas en situación de autoempleo que tengan entre 0 y 49 empleados podrán ser beneficiarias de las ayudas recogidas en el Programa Kit Digital
Podrán beneficiarse todas las pequeñas empresas, microempresas y personas en condición de autoempleo (autónomos) que cumplan los siguientes requisitos:
- Tener la consideración de pequeña empresa o microempresa conforme a lo dispuesto en el Anexo I del Reglamento (UE) n.º 651/2014 de la Comisión, de 17 de junio de 2014
- Estar inscritos en el Censo de empresarios, profesionales y retenedores de la Agencia Estatal de Administración Tributaria y tener la antigüedad mínima exigida
- No tener la consideración de empresa en crisis
- Estar al corriente de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.
- No estar sujetos a una orden de recuperación pendiente tras una decisión previa de la Comisión Europea
- No estar incurso en ninguna de las prohibiciones previstas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003
- No estar incurso en ninguna de las prohibiciones previstas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003
- No superar el límite de ayudas de minimis conforme a lo establecido en el artículo 2.3 de las bases reguladoras.
- Cumplir y garantizar el principio de no causar daño significativo, recogido en el Reglamento (UE) 2020/852
- Disponer de la evaluación del Nivel de Madurez Digital, de acuerdo con el test de diagnóstico disponible en la plataforma Acelera pyme
La ayuda recibida por el beneficiario será declarada como ingreso percibido.
El tipo de subvención es en concurrencia no competitiva (si cumples los requisitos puedes optar por la ayuda, por orden de llegada hasta agotar los fondos) y se entrega en forma de “bono” que será canjeable por los paquetes o soluciones digitales. El valor de estos bonos oscila entre los 2.000€ y los 12.000€, según hemos visto en convocatorias similares.
Son empresas que dentro de sus actividades prestan servicios dentro del ámbito de las soluciones digitales. Éstas empresas han sido homologadas por Red.es para ofrecer sus paquetes dentro del programa Kit Digital.
¿Con ganas de empezar tu proyecto?
FORMULARIO DE CONTACTO